Líder de grupo disidente cubano preso debe ser liberado, según panel de la ONU


GINEBRA, 7 de marzo de 2019 – La ONG suiza de derechos humanos, UN Watch anunció hoy que, en una presentación escrita que será difundida la semana que viene por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, antes de su debate del 12 de marzo sobre la situación de los derechos humanos que requieren la atención del mundo, que el famoso preso político cubano, el Dr. Eduardo Cardet, líder del Movimiento Cristiano de liberación – obtuvo un veredicto de la ONU a favor de su liberación.
El Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas, un panel quasi-judicial de cinco expertos, apoyó en su totalidad una petición presentada por United Nations Watch, una importante voz defensora de los disidentes cubanos, y determinó que Cuba está «deteniendo arbitrariamente» al disidente Dr. Eduardo Cardet, quien ha sido arrestado por el régimen el 30 de noviembre de 2016 por criticar a Fidel Castro.
En su Opinión 66/2018, el Grupo de Trabajo resolvió que Cuba arrestó al Dr. Cardet sin ninguna base legal. El panel de la ONU pide a Cuba que libere inmediatamente al Dr. Cardet y que le otorgue reparaciones.
El Grupo de Trabajo resolvió que»la detención del Sr. Cardet constituye una privación arbitraria de su libertad», destacando específicamente que se contradice con las siguientes garantías de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: el derecho a ser libre de arrestos arbitrarios, el derecho al debido proceso, el derecho a la presunción de inocencia, la libertad de conciencia, la libertad de expresión y la libertad de asociación.
Un órgano independiente e imparcial de la ONU, el grupo de trabajo está conformado por expertos de Australia, Benin, México, Corea del Sur y Letona. Cuba argumentó que el arresto, encarcelamiento y juicio del Dr. Cardet deberían ser considerados legales bajo la ley doméstica y el derecho internacional. Al alcanzar esta decisión, el Grupo de Trabajo reconoció los argumentos legales de United Nations Watch y rechazó todos los argumentos de Cuba que buscaban justificar el encarcelamiento del Dr. Cardet.
«Esta es una importante decisión del Grupo de Trabajo», dijo el director ejecutivo de United Nations Watch, Hillel Neuer. «El gobierno cubano se aferra al poder suprimiendo la democracia. Rutinariamente castiga al disenso político a través de un amplio espectro de abusos a los derechos humanos que incluye las detenciones arbitrarias, golpizas y otros tratos crueles e inhumanos, y el acoso hacia activistas y sus familias. Siguiendo su detenida revisión de los hechos y de la evidencia, el Grupo de Trabajo concluyó que el trato de Cuba hacia el Dr. Cardet, un activista pro-democracia, violó sus derechos bajo el derecho internacional. Pedimos a Cuba que cumpla con la decisión del órgano de la ONU, y que libere inmediatamente al Dr. Cardet.»

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Elementos destacados de la decisión del Grupo de Trabajo:
Con respecto a las bases legales del arresto del Dr. Cardet, el Grupo de Trabajo concluye (Párrafos 47 – 49)
En el caso presente, los agentes de seguridad estatales, sin identificarse, arrestaron al Sr. Cardet Concepción de forma violenta, sin explicación. No mostraron una orden de arresto, ni le informaron de la existencia de cargos criminales en su contra. Además, el Sr. Cardet Concepción no fue llevado prontamente ante un juez. No hubo un control judicial independiente de la detención. Por el contrario, él fue llevado a una comisaría local, donde fue golpeado nuevamente y mantenido incomunicado por nueve días. No tuvo acceso a un abogado. Se le negaron visitas y llamadas telefónicas, su familia no estaba al tanto de su paradero… Considerando estas circunstancias, en la ausencia de una orden de arresta y la subsecuente detención incomunicado, la falta de control judicial, y de contacto legal, médico y familiar, el Grupo de Trabajo debe concluir que no hubieron bases legales para el arresto, por lo que la detención es considerada arbitraria bajo la categoría I, siendo contraria a los artículos 9 y 10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Con respecto a la violación de los derechos del Dr. Cardet a la libertad de expresión y de asamblea, el Grupo de Trabajo concluye (Párrafos 52- 54)
En el caso presente, dos días después de que el Sr. Cardet Concepción hiciera declaraciones públicas contra el ex Presidente de la República, en ejercicio pacífico de sus derechos humanos, él fue arrestado en la calle por oficiales de las fuerzas de seguridad estatales. Asimismo, esta detención estuvo precedida por amenazas y acoso por parte de agentes oficiales hacia la familia del Sr. Cardet Concepción, a quienes se les dijo que las autoridades lo arrestarían por ser contrarrevolucionario. Además, Fuerzas de Seguridad del Estado han amenazado y acosada repetidas veces al St. Cardet durante su detención, antes y después de su condena, diciéndole que si abandona sus creencias y opiniones, él sería liberado… En vista de lo antes mencionado, el Grupo de Trabajo considera que las autoridades cubanas privaron al Sr. Cardet Concepción de su libertad para ejercer sus derechos a la libertad de pensamiento, de conciencia, de opinión, de expresión, de asociación y de participación, reconocidos en los artículos 18, 19, 20 y 21 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que hace a la detención arbitraria según la categoría II.
Con respecto a la violación del derecho del Sr. Cardet al debido proceso, el Grupo de Trabajo concluye (Párrafos 57 – 60):
En la opinión del Grupo de Trabajo, la falta de comunicación durante los primeros días del arresto y del principio del juicio, la falta de acceso a un abogado, el maltrato y las condiciones inhumanas de detención, incidan que el Sr. Cardet Concepción no recibió un juicio justo con las garantías del debido proceso. La fuente también estableció que en Cuba  las cortes están subordinadas a las ramas ejecutiva y legislativa, que son controladas por el Partido Comunista. El Grupo de Trabajo está al tanto de que organismos de tratados, de los cuáles Cuba es parte, han expresado su preocupación sobre la falta de independencia del poder judicial… El Grupo de Trabajo está convencido de que las autoridades cubanas han violado seriamente las normas con respecto al derecho a un juicio justo, independiente e imparcial, lo que contradice las provisiones de los artículos 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y hace que esta detención sea arbitraria según la categoría III de los Métodos de Trabajo.
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UN Watch